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LOCALES

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Que pena establece y porque el arts. 205 y 239 ocasionaron una infracción por parte del Municipio

miércoles, 8 de julio de 2020

/ by El Ojo de Ayacucho
Según el parte oficial diario hay 11 casos Positivos actualmente de Coronavirus, pero ademas informa que el Municipio realizo una infracción por violación al Arts. 204 y 239 del código penal.
Aunque queremos corregir en el parte dice la violación del articulo 204 y 239 pero en realidad es 205 y 239, un pequeño error de tipeo por parte de quien redacta el parte oficial.

Ahora bien, que significa una infracción al articulo 205 y 239 del código penal.

Artículo 205 del Código Penal. Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia

ARTICULO 239 del Codigo Penal. Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.

Así de esta manera evitamos cualquier duda al respecto. 










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